Definición: Las órtesis o ayudas técnicas se definen como elementos que corrigen o facilitan la ejecución de una acción, actividad o desplazamiento, procurando ahorro de energía y mayor seguridad. Las ayudas técnicas se indican cuando el paciente presente las siguientes condiciones: Dolor, claudicación, alteración de la funcionalidad de la marcha, inestabilidad articular, riesgo de caídas, inmovilidad.
Patologías Incorporadas: quedan incluidas las siguientes enfermedades y los sinónimos que las designen en la terminología médica habitual:
Toda patología que produzca limitaciones en que se requiera de órtesis
a. Acceso:
Todo beneficiario de 65 años y más, que cumpla con criterios de inclusión contenidos en las Normas Técnico Médico y Administrativo para cumplimiento de las Garantías Explícitas en Salud, a las que hace referencia este Decreto en su Artículo 3°, tendrá acceso a órtesis correspondiente y sesiones de kinesiología según indicación médica.
b. Oportunidad
¨ Tratamiento: Entrega de Órtesis:
- Bastón, colchón antiescaras, cojín antiescaras: dentro de 20 días desde indicación médica.
- Silla de ruedas, andador, andador de paseo: dentro de 90 días desde indicación médica.
c. Protección Financiera: Haga clic aquí